PROTECCIÓN DELOS PROGRAMAS DE COMPUTO
Los avances Tecnológicos han sido en nuestro país causa y efecto de la actualización del Derecho de Autor, esta se reflejo desde la primera Ley de 1948. Los programas de Computo tienen importante desarrollo que esto trajo consigo la Necesidad de protegerlos.
La protección de los programas de computo se extiende, por disposición de Ley tanto a los programas:
- OPERATIVOS Y APLICATIVOS.
Ya sea de forma Código Fuente o de Código Objeto, y de manera General aquellos que tengan por objeto causar efectos nocivos a otros equipos o programas.
- En el acuerdo 114 expedido por el Secretario de Educación Pública, publicado en el Diario oficial de la Federación el 8 de Octubre de 1984, en el que se reconoció que los programas de computación constituían obras producidas por autores en los términos de la Ley Federal de Derechos de Autor de 1956.
La concepción de este tipo de creaciones para su protección fue motivos de múltiples debates que concluyeron en que los Programas de Computo, como un Producto de la Creación Humana.
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